Renovación de la licencia de conducir según lo estipulado el artículo 18° de la Ley N° 18.290 de tránsito, la cual señala que la licencia de conductor tiene una duración indefinida desde su obtención y mantendrá su vigencia mientras se acredite periódicamente los requisitos que en la misma Ley se señalan.
OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR ESPECIAL D – E – F (PRIMERA VEZ) La licencia es un documento que la I. Municipalidad de San Antonio otorga para conducir un vehículo en la vía pública. De acuerdo a la Ley N° 18.290 de tránsito; ninguna persona podrá conducir un vehículo motorizado o de tracción animal sin poseer este documento.
Aplicación de medidas para controlar focos de roedores, mosquitos, pulgas y así reducir las probabilidades de presencias de vectores de interés sanitario y mantener un sector en condiciones.
DOCUMENTOS A PRESENTAR